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Con subsidio Estado busca garantizar pensión a trabajadores independientes

El porcentaje de la ayuda que otorga el gobierno nacional es del 75%, es decir que los beneficiarios aportan $20.600 y el Estado $71.800.

Por: Gustavo Adolfo Andrade Patarroyo

Con el propósito de garantizar a los trabajadores independientes una pensión para tener una vejez digna, el Fondo de Solidaridad Pensional tiene como objetivo subsidiar los aportes al régimen general de pensiones a la población que devengue hasta un salario mínimo y que carezca de recursos para efectuar la totalidad del aporte pensional para así completar lo exigido por el sistema y obtener una compensación.

En ese sentido, el gobierno nacional a través de la alcaldía de Armenia convocó a los trabajadores independientes urbanos, rurales, madres comunitarias y trabajadores discapacitados, para que realicen el trámite de inscripción a través del consorcio Prosperar, para lo que se cuenta con una funcionaria en el primer piso del edificio de la Lotería del Quindío los lunes y martes de la primera y tercera semana de cada mes.

Los interesados deberán estar cobijados por el Sistema General de Salud —cotizantes, independientes, beneficiario y/o subsidiado—. El porcentaje del subsidio que otorga el Estado es del 75%, es decir que los beneficiarios aportan $20.600 y el Estado $71.800. En el momento de inscribirse deberán llevar fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%, certificados de vinculación al Sistema General de Salud y de las semanas cotizadas.


Otros requerimientos

Se requiere que los potenciales beneficiarios cumplan con:

· Ser mayor de 35 años y menor de 55 años si se encuentra afiliado al ISS o menores de 58 años si se está afiliado a los fondos de pensiones siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensión mínima y cuenten con doscientos cincuenta semanas como mínimo, previas al otorgamiento del subsidio, independiente del régimen al que pertenezca.

· Ser mayores de 55 años si se encuentran afiliados al ISS o de 58 años si están inscritos a los fondos de pensiones, siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensión mínima y cuenten con quinientas semanas como mínimo, previas al otorgamiento del subsidio, independiente del régimen al que pertenezcan.

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