“En la ley 1445 de 2011 o nueva ley del Deporte quedó establecido que quien pretenda ingresar o tenga en su poder armas blancas, de fuego o sustancias estupefacientes; promueva o cause violencia, invada el terreno de juego o no atienda las indicaciones de los cuerpos de logística, incurrirá en una multa de cinco a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y no podrá ingresar a escenarios deportivos por un periodo de entre seis meses y tres años”, informaron.
“Quien incite o cometa acto de agresión física o verbal, o daños a infraestructura deportiva pública, residencial o comercial, podrá enfrentar multas que van desde los veinte hasta los cien salarios mínimos legales mensuales vigentes, además de tener que realizar trabajo social. Como también la prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período que puede ser de uno y cinco años”.
A quienes lancen sustancias u objetos a los campos de juego se les castigará con prisión de uno a cinco años, siempre y cuando dicha conducta no constituya otro delito.
“Cuando el objeto corresponda a artefactos explosivos, elementos incendiarios, o sustancias químicas que pongan en riesgo la vida o atenten contra la integridad personal y/o afecten los bienes o estructuras de los escenarios deportivos, la pena impuesta aumentará de una tercera parte a la mitad”, puntualizaron.