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José J. Domínguez nombrado alcalde ad-hoc para Armenia

La determinación fue tomada por el gobernador encargado, Roberto Jairo Jaramillo Cárdenas luego de consultar ante el ministerio del Interior y de Justicia, al tener en cuenta que en la ciudad existe mandataria encargada.

Por: Gustavo Adolfo Andrade Patarroyo

Mediante el decreto 348 de 2010, el gobernador encargado, Roberto Jairo Jaramillo Cárdenas nombró ayer como alcalde ad-hoc para las elecciones que se desarrollarán el 14 de marzo y hasta la culminación de los escrutinios subsiguientes en Armenia a José J. Domínguez Giraldo, actual secretario privado de la gobernación del Quindío.
Dicha determinación fue adoptada en el uso de las facultades constitucionales y legales, en especial del artículo 305, la ley 136 de 1994 y del decreto 274 del 26 de febrero de 2010.

La medida surgió luego de que la alcaldesa Ana María Arango Álvarez presentara al gobernador Julio César López Espinosa una carta dirigida a la comisión para la coordinación y seguimiento de los procesos electorales en la capital quindiana en la que manifestó su impedimento legal para actuar como presidenta de dicha instancia en razón de que su hijo Juan Camilo Londoño Arango se inscribió como candidato al Senado.

En dicha comunicación enviada el 5 de febrero de 2010 se señaló el impedimento para presidir las sesiones y adelantar todas las actuaciones que deban surtirse en materia electoral. Es así que el 18 de febrero de 2010 la burgomaestre solicitó al mandatario del departamento una licencia ordinaria no remunerada de su cargo desde el 22 de febrero hasta el 17 de marzo de 2010.

En este sentido, el pasado 22 de febrero tomó posesión ante el gobernador López Espinosa, Audrey Elena Villarreal Segura, como alcaldesa encargada del municipio.

Entre tanto, el Consejo Nacional Electoral, CNE, mediante la resolución 0464 del 3 de marzo de 2010, prescribió: “En aquellas entidades territoriales en las cuales parientes de candidatos al Congreso de la República, dentro de los grados de parentesco establecidos por el numeral quinto del artículo 179 de la Constitución, ejerzan como alcaldes o gobernadores deberán designarse a la mayor brevedad alcaldes o gobernadores ad-hoc por las autoridades correspondientes, y hasta la culminación de los escrutinios subsiguientes a las elecciones del 14 de marzo de 2010”.
Es así que en consulta realizada al ministerio del Interior y de Justicia por el gobernador encargado Jaramillo Cárdenas sobre la adopción de esta medida, teniendo en cuenta que en Armenia en la actualidad existe alcaldesa encargada, la cartera nacional indicó que debía designarse el alcalde ad-hoc para el tema electoral en la ciudad.

Fue por lo anterior que desde la administración seccional se decretó la medida precisando que comenzaría a regir desde el momento mismo de la fecha de su expedición.

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Por: quindiano1 - Marzo 10 de 2010 .
Señora Ana María, debería darse una licencia de por vida y no perjudicar más a nuestra ciudad, usted y su hijo Juan Camilo tienen esa administración patas arriba, ni que decir de Armenia ahhh.

Por: quindiano1 - Marzo 10 de 2010 .
Señora Ana María, aproveche esas vacaciones para que lleve a su hijito Juan Camilo a una terapia de desentoxicación, porque la marihuana que mete ese man es bárbara, igualito que el papa mario..

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