Reclusos están exentos de pagar duplicado de cédula
La registraduría exoneró a los que se encuentran recluidos en los centros carcelarios del cobro de la expedición del duplicado de la cédula por una única vez.
Así lo dispuso mediante la expedición de la resolución 477 del 13 de julio de 2010 que se exonerará del pago del duplicado y determinó que este trámite será gratuito por una sola vez, sin importar el tiempo de solicitud o lugar de reclusión.
Asimismo, son gratuitos los servicios prestados por la entidad a desplazados por la violencia y personal desmovilizado, previa certificación del organismo competente y el duplicado para la población de los niveles 0, 1 y 2 del Sisbén.
En lo corrido del año, un total de 364.569 ciudadanos han realizado esta diligencia la cual tiene un costo de $31.800 que se consignan en las cuentas 4-0230-300745-9 del banco Agrario o en la 220-012-11008-6 del banco Popular, a nombre del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional. Si se realiza en el exterior, se debe pagar en el consulado US$31,8.
Durante el 2010 permanecerán sin alzas las tarifas por concepto de expedición de duplicados de la cédula y tarjetas de identidad por pérdida o deterioro de la misma o por corrección o rectificación de datos a voluntad del titular, así como la sacada de copias y certificados de registros civiles que se tramitan ante los registradores, notarios, alcaldes, corregidores, inspectores de policía y consulados.
Cabe recordar que si se le pierde la identificación es necesario solicitar el duplicado de la cédula.
“Para hacer este proceso debe consignar en las mencionadas cuentas de los bancos y pagar el mismo costo. Con el recibo de consignación debe dirigirse a la sede de la registraduría más cercana. Por seguridad se recomienda denunciar el hurto de su cédula ante las autoridades competentes, aunque no es requisito presentar el denuncio”, puntualizaron desde la entidad.
Trámites gratis
La Registraduría Nacional del Estado Civil entregó un informe respecto a los trámites que no tienen costo alguno:
. Expedición de cédula de ciudadanía y tarjeta de identidad por primera vez.
. Inscripción en el registro civil de nacimiento y su primera copia.
. Renovación de la cédula de ciudadanía blanca laminada o café plastificada, para obtener la cédula amarilla con hologramas y la renovación de la tarjeta de identidad para los niños entre 14 y 17 años.
. En situaciones especiales valoradas y reguladas por el registrador nacional del Estado Civil.
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