Autor : David Salazar

En las audiencias de control de garantías, las pruebas, la denuncia y el historial delictivo permitieron que el juez penal municipal lo enviara a la cárcel.
Alias ‘Hasán’ fue capturado por el delito de hurto calificado y agravado, pero en su historial ante la justicia es investigado, además, por violación.
El Grupo de Patrimonio Económico de la Seccional de Investigación Criminal, Sijín, hizo efectiva la orden de captura vigente en contra de esta persona en la calle 36 con carrera 26 del barrio Santander de Armenia.
El hombre, de 28 años, atracó a un ciudadano que se desplazaba por vía pública de este sector; con un arma cortopunzante lo intimidó y le arrebató sus pertenencias.
Este sujeto presenta anotaciones en el Sistema Penal Oral Acusatorio, Spoa, por los delitos de lesiones personales en 2015; homicidio en concurso homogéneo con fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, partes o municiones en 2018; daño en bien ajeno en 2021; tráfico, fabricación o porte estupefacientes; hurto calificado y acceso carnal violento en hechos ocurridos en 2022; y hurto calificado en 2023.
Código Penal
Artículo 240. Hurto calificado
La pena será de prisión de 6 a 14 años si el hurto se cometiere:
1. Con violencia sobre las cosas.
2. Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones.
3. Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores.
4. Con escalonamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar, o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.
La pena será de prisión de 8 a 16 años cuando se cometiere con violencia sobre las personas.
Las mismas penas se aplicarán cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento de la cosa y haya sido empleada por el autor o partícipe con el fin de asegurar su producto o la impunidad.
La pena será de 7 a 15 años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos. Si la conducta fuere realizada por el encargado de la custodia material de estos bienes, la pena se incrementará de la sexta parte a la mitad.
La pena será de 5 a 12 años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión o distribución de energía eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado.