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Quindío / DICIEMBRE 10 DE 2019 / 3 años antes

Gobernación, sin pronunciamiento frente al fallo del TAQ

Autor : Lily Dayana Restrepo

Gobernación, sin pronunciamiento frente al fallo del TAQ

El fallo en primera instancia declara al río Quindío como sujeto de derechos.

El principal accionado dentro de la sentencia en primera instancia no se ha referido al tema. 

La gobernación del Quindío no se ha pronunciado frente al tema del fallo del Tribunal Administrativo del Quindío, TAQ, que declaró al río Quindío como sujeto de derecho y delegó a esta como principal accionada junto al ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, Empresas Públicas de Armenia, EPA, municipio de Salento, Empresas Públicas del Quindío, EPQ, y la asociación de suscriptores del acueducto rural El Rosario de la vereda Boquía de Salento, para que realicen acciones en pro del afluente. 

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De acuerdo con la sentencia, el mapa de riesgo mostró impactos negativos sobre el río, lo cual impedía disfrutar de los derechos constitucionales de gozar de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales. Para promover el cumplimiento de lo anterior, el TAQ instó a los entes mencionados a actuar.


Órdenes 

Además de ordenar ciertas disposiciones, el tribunal señaló los incumplimientos en los que han incurrido las diferentes instituciones, por las cuales se vulneraron los derechos mencionados. A la CRQ le resaltó la ausencia de acciones adoptadas respecto al plan de ordenamiento del recurso hídrico del departamento. 

Al departamento le solicitó prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los municipios,  vinculándose a proyectos y actividades necesarias para la prestación de los servicios públicos como entidad territorial y no solo a través de recursos del plan departamental en los municipios de su jurisdicción, en este caso Salento y Armenia. A la capital quindiana le resaltó la omisión de la ley 1551 de 2012.

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A Salento la omisión de acciones encaminadas a corregir el funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas residuales de la vereda Boquía y demás pobladores que se encuentran conectados al mismo, que violan derechos colectivos por el impacto que el vertimiento directo genera.

Al ministerio de Vivienda la ausencia de la Nación, haciéndose exigible su presencia ante el plan nacional de desarrollo y el acompañamiento no solo técnico sino financiero. Sobre EPA destacó la falta de planeación en cuanto a la prestación del servicio de agua potable. 


Gobernación, la tutora

José Manuel Cortés Orozco, director general de la CRQ, se refirió al tema y expuso, que es el departamento el tutor de todo este proceso. “Respecto al fallo es importante denotar que el Tribunal Administrativo del Quindío define que la gobernación del Quindío es la que debe ser la tutora y representante del río Quindío. A nosotros como autoridad ambiental nos ordena acciones relacionadas con nuestras competencias”.

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Mencionó que se harán concertaciones y mesas de trabajo con las alcaldías municipales de Salento y de Armenia para tratar la situación del sector de Boquía, esto debido a que es una de las áreas que mayor carga contaminante aporta al afluente antes de la bocatoma de EPA.

 


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